Abridora
|
Término exclusivo del coaseguro. Entidad aseguradora que negocia y dirige, en nombre de otra u otras, y para todas ellas a prorrata de su participación, las condiciones del contrato de seguro con objeto de suscribir un riesgo.
|
Accidente
|
Suceso, productor de daños, que tiene su origen en una causa violenta, súbita, externa e involuntaria.
|
Accidente Laboral
|
Accidente que produce un daño personal a una persona que pertenezca a una nómina, con ocasión o a consecuencia del trabajo, incluso en el transcurso del desplazamiento hacia o desde el lugar de trabajo.
|
Accidente Laboral In Itinere
|
|
Acción Civil
|
Demanda interpuesta ante la autoridad judicial para ejercitar o reclamar un derecho, siendo esta pretensión constitutiva, declarativa o extintiva del mismo.
|
Acción Criminal
|
Pretensión interpuesta ante la autoridad judicial con objeto de comenzar un proceso de carácter penal, iniciándose el mismo, bien por denuncia, bien por querella.
|
Acción directa
|
Acción y efecto de reclamar directamente, por parte del perjudicado o sus herederos, contra la entidad aseguradora del causante del daño o perjuicio, para obtener la indemnización. (artículo 76 de la Ley de Contrato de Seguro).
|
Aceptación
|
Asunción del compromiso de pago de un efecto mercantil.
|
Aceptación de Póliza
|
El asegurado tiene un plazo de 30 días para aceptar la póliza recibida. Dentro de dicho plazo, puede revisar, objetar, hacer modificar el contenido y rechazarla.
|
Acta
|
Escrito y/o certificación que contiene lo sucedido, tratado o acordado en una reunión.
|
Acta de Tasación
|
Aquella en la que un perito tasador describe los bienes afectados por un siniestro y cuantifica los daños sufridos.
|
Actividad Comercial
|
Conjunto de acciones tendentes a la captación de nuevos contratos y a la conservación de la cartera de los que ya se tienen.
|
Activo
|
Conjunto de bienes y derechos que forman parte del patrimonio.
|
Acto de conciliación
|
Procedimiento previo al proceso principal en el que la parte demandante insta a la contraria a llegar a un acuerdo sobre la pretensión formulada evitando la prosecución del pleito.
|
Actuación de oficio
|
La que inicia un órgano judicial o administrativo motu propio, sin mediar requerimiento a instancia de parte. La del Abogado que es designado por la Administración de Justicia para la defensa.
|