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Diccionario de Seguros

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Negligencia
Culpa con descuido, omisión y falta de aplicación. Falta de adopción de las precauciones debidas, sea en actos extraordinarios, sea en los de la vida diaria. Dejar de hacer o hacer lo que no se debe.
Nómina
Conjunto de trabajadores por cuenta ajena que están ligados a la empresa por medio de contrato laboral en vigor.
Nominado
Característica legal del contrato de seguro. Tiene precisamente ese nombre Contrato de Seguro.
Notificación del Siniestro
Una vez que se ha producido un siniestro, existe el deber de notificar a la aseguradora lo que ha ocurrido. Si no se declara en el plazo establecido en el contrato, la aseguradora puede pedir una indemnización por los daños que le haya producido la falta de notificación en el plazo establecido. Nunca se perderá la indemnización, a no ser que hubiera mediado mala fe.
Nueva producción
Denominación de la póliza o pólizas contratadas como operación nueva. Por extensión, se designa con este término las nuevas operaciones de seguros realizadas en un ejercicio, en contraposición de las que componen la cartera, que proceden de ejercicios anteriores.
Nulidad de la Póliza
Es la falta de efectos de la Póliza. Puede ser -Nulidad ex tunc se da cuando la póliza no ha producido efectos nunca, con lo que es como la Nulidad absoluta. -Nulidad ex nunc la Nulidad comienza cuando la declara el juez.

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