Información previa a facilitar al cliente
Información que la correduría facilita al cliente antes de la contratación, conforme a la Ley de distribución de seguros y reaseguros privados.
Cómo trabajamos
Realizamos la actividad de distribución de seguros en representación del cliente facilitándole asesoramiento basándose en un análisis objetivo y personalizado según dicta la Ley de distribución de seguros y reaseguros privados, garantizando así la protección de los derechos de los clientes.
Para su conocimiento, y a los efectos legalmente prevenidos en la ley de distribución de seguros le informamos que éste/a corredor/correduría de seguros:
Registro administrativo
Cumple con todos los requisitos establecidos en la Ley, estando inscrito/a en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros, Corredores de Reaseguros y sus Altos Cargos con el número de clave J2690, que puede Vd. comprobar en la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones dgsfp.mineco.es
Responsabilidad civil y capacidad financiera
Tiene suscrita póliza de Responsabilidad Civil Profesional CGPA EUROPE Underwriting, S.L. agencia de suscripción y dispone de capacidad financiera legalmente establecida, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto de la Ley de distribución de seguros y reaseguros privados.
Atención al cliente, quejas y reclamaciones
Cuenta con un departamento de atención al cliente externalizado, encargado de atender y resolver sus quejas y reclamaciones, a través de AUNNA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS CORREDORES DE SEGUROS, cuyos datos son los siguientes:
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Entidad | AUNNA Asociación de Empresarios Corredores de Seguros |
| Departamento | Departamento de Atención al Cliente |
| Dirección | C/ Doctor Fleming 53, 28036 Madrid |
| Teléfono | 910 339 615 |
| Correo electrónico | atencionalcliente@aunnaasociacion.es |
Protección de datos
La correduría, como responsable del tratamiento, tiene establecido el tratamiento de sus datos de carácter personal de conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos de la UE, que pone a su disposición en documento aparte donde consta la política.
Remuneración
La naturaleza de la remuneración recibida en relación con el contrato de seguro se establece en forma de comisión y es abonada por la Entidad Aseguradora.
Independencia y análisis objetivo
Esta correduría carece de vínculos de participación social con compañías aseguradoras en ambos sentidos. Los corredores/corredurías de seguros son los únicos profesionales facultados para asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad respecto de las entidades aseguradoras.
Es por ello que el asesoramiento que sometemos a su consideración ha sido basado en un análisis objetivo, consistente en analizar de forma generalizada contratos de seguros ofrecidos por un número suficiente de entidades aseguradoras que operan en el mercado, considerando qué corresponde a su petición dentro de una valoración de méritos para buscar una correcta recomendación personalizada de cobertura a sus requerimientos y necesidades.
Comunicaciones con la aseguradora
La correduría informa igualmente al cliente del contenido del artículo 21 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, de forma tal que las comunicaciones que el mediador curse a la aseguradora surtirán los mismos efectos como si las realizara el propio interesado (tomador).
Autorización del cliente a la correduría
Mediante el presente escrito, y en méritos del principio de autonomía de la voluntad de las partes, el cliente otorga consentimiento expreso y autoriza a la correduría para que ésta pueda solicitar cotizaciones, modificar o rescindir los contratos de seguros en vigor y mediar y celebrar en su nombre nuevos contratos de seguro, para la mejor protección de los derechos del cliente.
¡Tu mejor respaldo antes, durante y después de la contratación de tu seguro y siempre a tu lado para defender tus intereses!