En caso de sufrir un incidente cyber
que paralice los sistemas del proveedor tecnológico del asegurado y éste no pueda desarrollar su actividad empresarial, ES IMPORTANTE TENER COBERTURA EN TU POLIZA PARA la pérdida de beneficios, los costes operacionales fijos incurridos por la entidad (incluyendo salarios), y los gastos para mitigar la pérdida de beneficios resultantes de una interrupción parcial o total del sistema informático del proveedor externo a consecuencia de un incidente del proveedor, que ocurra durante el periodo de seguro.
SI CUANDO REALIZASTE LA CONTRATACIÓN comunicaste a la hora de contratar, que el asegurado y sus empleados se conectaban a los sistemas de la empresa a través de accesos remotos (escritorios remotos, servidores de correo electrónico o de archivos) mediante VPN o SaaS (es decir, Gsuite u Office 365), no nos tienen que avisar si ahora más personas de la plantilla, están conectadas en remoto. Siempre y cuando, se apliquen los mismos estándares de seguridad.
SI YA TIENES SEGURO CIBER RECUERDA COMUNICAR A TU MEDIADOR:
• Hay trabajadores del asegurado que se están conectando en remoto sin cumplir los mismos estándares de seguridad.
• El asegurado no contemplaba el acceso en remoto a sus sistemas y ahora se conecta en remoto
• Si el asegurado está procesando pagos (PCI) en remoto
• El asegurado usa dispositivos personales que no cumplan con las medidas de seguridad de la empresa para conectarse en remoto o a servicios de proveedores en la nube.
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