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Ocupación ilegal

Te ayudamos a comprobar qué hace tu seguro si alguien entra a vivir en tu casa sin permiso, y a completarlo donde se quede corto.

Para quién es esta protección

Viviendas que pasan tiempo vacías

Segundas residencias, casas heredadas pendientes de reparto, pisos entre un inquilino y el siguiente o viviendas en venta. Cuanto más tiempo sin nadie dentro, más conviene revisar la póliza.

Propietarios que quieren respaldo legal

Si alguien ocupa tu vivienda, lo que más pesa es recuperarla por la vía legal y cuanto antes. Para eso necesitas abogado, procurador y a alguien que te oriente desde la primera llamada.

Quien no sabe qué dice su póliza

Muchas pólizas de hogar mencionan la ocupación, otras no, y las que lo hacen no siempre cubren lo mismo. Te decimos por escrito qué tienes y qué te falta antes de que lo necesites.

Qué conviene valorar antes de contratar

Las coberturas relacionadas con la ocupación, y sus límites, dependen de la compañía y de la modalidad que contrates, y no todas las pólizas las incluyen. En Retuerto y Asociados te las ponemos por escrito antes de que decidas.

Defensa jurídica para recuperar la vivienda

Comprueba si la defensa jurídica de tu póliza incluye expresamente las acciones para recuperar la posesión de la vivienda ocupada, y con qué límite de gastos.

Qué vivienda y qué uso

Pregunta si la garantía se aplica solo a la vivienda habitual o también a la segunda residencia, a la vivienda vacía o a la que tienes alquilada.

Daños que dejan los ocupantes

Comprueba si la póliza repara los destrozos y actos vandálicos causados por los ocupantes, o si los excluye por haberse producido con la casa deshabitada.

Cerrajería y cambio de cerradura

Pregunta si incluye el cerrajero y la sustitución de la cerradura una vez recuperada la vivienda, y si la asistencia en el hogar acude aunque no estés en la isla.

Suministros y gastos mientras dura

Comprueba si la póliza contempla los consumos de agua y luz o los gastos de comunidad que se generan mientras la vivienda está ocupada, y con qué tope.

Plazos, esperas y exclusiones

Pregunta si hay un periodo desde la contratación en el que la garantía aún no funciona, qué pasa si la ocupación empezó antes de contratar y qué exclusiones fija la póliza.

Cómo funciona

Hoy la protección frente a la ocupación no suele venderse sola: casi siempre llega como una garantía dentro del seguro de hogar, como parte de una póliza de defensa jurídica o como un complemento que algunas compañías ofrecen para viviendas concretas. Por eso lo primero es saber qué tienes ya contratado.

Nuestro trabajo empieza revisando tu póliza actual: si menciona la ocupación, para qué viviendas, con qué límites y con qué condiciones. Si se queda corta, comparamos entre varias compañías las opciones que encajan con tu caso y te las enseñamos una al lado de la otra, con lo que cubre cada una y lo que deja fuera.

Si llega a producirse una ocupación, lo que marca la diferencia es actuar rápido y por la vía correcta: denuncia, comunicación a la aseguradora y, si la póliza lo incluye, un abogado que asuma el caso. Nosotros te ayudamos a dar aviso a la compañía y hacemos el seguimiento del expediente para que no tengas que perseguirlo tú.

Lo que conviene saber

Ningún seguro saca a los ocupantes por sí mismo. Lo que puede hacer, si la póliza lo recoge, es asumir el coste de los profesionales que llevan el procedimiento y, según la modalidad, algunos de los gastos y daños que deja. La decisión sobre el desalojo la toman siempre los jueces y las fuerzas de seguridad.

Tampoco hay que confundirlo con el seguro de impago de alquiler. Si quien vive en tu casa firmó un contrato y ha dejado de pagar, no es un ocupante: es un inquilino moroso, y la póliza que corresponde es la de impago, con su propio estudio de solvencia y su vía judicial.

Una vivienda vacía no es una vivienda sin riesgo. Si tu casa va a pasar mucho tiempo deshabitada, cuéntaselo a tu aseguradora: puede considerarse una agravación del riesgo, y no declararlo puede complicar el cobro de un siniestro. Te lo explicamos con más detalle en cómo prevenir la ocupación de una vivienda vacía.

Qué valorar antes de contratar

Fíjate menos en el nombre de la garantía y más en su letra pequeña: si exige denuncia en un plazo concreto, si cubre solo la vía civil o también la penal, si incluye al procurador, si el límite de gastos es por siniestro o por año y si la vivienda tiene que estar amueblada o con suministros de alta. En qué revisar en tu póliza de hogar tienes la lista completa.

Preguntas frecuentes

¿Mi seguro de hogar ya me protege frente a la ocupación?

Depende de la compañía y de la modalidad. Algunas pólizas de hogar incluyen algo relacionado con la ocupación dentro de la defensa jurídica, otras lo ofrecen como opción y otras no lo contemplan. Mándanos tu póliza y te decimos por escrito qué tienes.

¿Sirve para una segunda residencia o una casa heredada?

Es justo donde más se necesita y donde más condiciones suele poner la compañía. Hay garantías pensadas solo para la vivienda habitual y otras que admiten segundas residencias o viviendas vacías con requisitos. Hay que comprobarlo en las condiciones particulares.

¿El seguro desaloja a los ocupantes?

No. El desalojo lo deciden las autoridades: la policía cuando puede actuar en el momento o, en la mayoría de los casos, un juez. El seguro, si lo incluye, pone y paga a los profesionales que llevan el procedimiento y puede hacerse cargo de algunos gastos y daños, siempre dentro de los límites de la póliza.

¿Puedo contratarlo si mi vivienda ya está ocupada?

Lo normal es que no cubra una situación que ya existía al contratar, igual que ningún seguro cubre un siniestro ya ocurrido. Aun así, llámanos: te orientamos sobre los primeros pasos y te recomendamos acudir a un abogado cuanto antes.

¿Qué hago si descubro que han ocupado mi casa?

No intentes entrar por tu cuenta ni cortes los suministros. Llama a la policía, denuncia, reúne pruebas de que la vivienda es tuya y avisa a tu aseguradora. Lo contamos paso a paso en allanamiento o usurpación.

¿Y si quien vive en mi casa tenía contrato y ha dejado de pagar?

Entonces no es una ocupación, sino un impago de alquiler, y el camino es el desahucio por falta de pago. Para ese riesgo existe el seguro de impago de alquiler.

Lo que debes saber sobre

Lo que realmente es un Corredor de Seguros

El corredor es el experto que media entre la compañía aseguradora y el cliente, representando al asegurado y a sus intereses, y no a la aseguradora en exclusiva.

Somos los únicos profesionales cualificados legalmente habilitados para asesorar con estricta independencia e imparcialidad respecto de las entidades aseguradoras.

  • Comparamos el mercadoAsesoramiento basado en un análisis objetivo de contratos de un número suficiente de entidades aseguradoras.
  • No te cuesta nadaAl corredor le remunera la aseguradora en forma de comisiones. En principio, el servicio no tiene coste para el cliente.
  • Nos ocupamos de todoDesde la contratación hasta el siniestro, si se produce.
  • Defendemos tus interesesAnte la compañía, del mismo modo que lo haría un abogado.
Pensamientos equivocados

Lo que se suele creer y lo que de verdad ocurre

Cinco ideas que oímos a menudo y que salen caras el día que hay un siniestro.

«Ir por mi cuenta me sale más barato.»

El corredor no te cuesta nada: le remunera la aseguradora. Y compara a la vez varias compañías que tú tendrías que ir pidiendo una por una.

«Todas las pólizas son iguales.»

Dos pólizas del mismo precio pueden tener límites, franquicias y exclusiones muy distintas. Lo que cuenta es lo que dicen las condiciones el día del siniestro.

«El corredor trabaja para la aseguradora.»

El corredor representa al asegurado y a sus intereses. Quien representa a la compañía es su agente, que es otra figura distinta.

«Si tengo un siniestro ya me las arreglo yo.»

Cómo se abre y se documenta el parte condiciona toda la tramitación posterior. Lo llevamos nosotros, y la reclamación también.

«Cambiar de seguro es un lío.»

Lo gestionamos nosotros, incluida la baja de la póliza anterior en plazo para que no se renueve sola.

«Con el seguro obligatorio me vale.»

El mínimo legal cubre lo que causas a terceros, no lo que te pasa a ti. Ahí está la diferencia entre un susto y un problema.

¿Te preparamos un presupuesto de protección frente a la ocupación?

Cuéntanos tu caso y te enviamos una comparativa con las mejores opciones del mercado, el mejor respaldo para la decisión correcta.

  • Sin compromisoTe damos el precio y las coberturas; decides tú.
  • Sin costeComo corredores nos remunera la aseguradora, no tú.
  • Respuesta rápidaEn horario de oficina, normalmente el mismo día.
Te atenderá un especialista

¿Qué preguntas tienes?

Te respondemos con un presupuesto de protección frente a la ocupación y una comparativa a medida.

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